ANDRÉS GIL DOMÍNGUEZ: «Constitucionalmente, no es posible adelantar las elecciones»
Entrevista con el abogado constitucionalista, quién indicó que el Artículo 95 de la Ley Suprema establece que los comicios deben efectuarse dentro de los dos meses anteriores a la conclusión del mandato del Presidente en ejercicio. De esta forma, la elección solo se podría adelantar por una semana (para el 20 de octubre en lugar del 27), lo cuál carece de sentido.
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PROGRAMA: ENTRE TANTA GENTE
DÍAS Y HORARIOS: LUNES A VIERNES DE 16 A 18
CONDUCCIÓN: JORGE CHAMORRO
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